Es evidente, que la Administración de inmuebles, ya sean edificios o complejos inmobiliarios, requiere cada vez más, una capacitación determinada, habilidad, responsabilidad y conocimientos específicos. En este sentido, la capacitación como Administradores de Fincas colegiados, avalan esa garantía ante los consumidores y usuarios de sus servicios, dado que la amplitud de su formación comprende todo el sector inmobiliario.
En estos tiempos difíciles que estamos atravesando, se ha de hacer hincapié en que los Colegios Profesionales, en nuestro Estado de Derecho, cumplen una función social, cuyo objetivo es ordenar la profesión de manera que el ciudadano de forma particular y la sociedad, reciban los servicios profesionales en las condiciones debidas, lo cual viene avalado por el control de la actividad profesional de los colegiados, velando por el cumplimiento de las normas deontológicas, dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos de los particulares, ejerciendo la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial.
La problemática y la casuística en propiedad horizontal son muy extensas, unido a las nuevas tecnologías que irrumpen con fuerza y a la temática que afecta al área de vivienda, por ello, el profesional ha de estar ampliamente formado y en vanguardia de toda innovación que pueda afectar a su actividad. Estamos ante una profesión multidisciplinar que comprende tanto aspectos económicos, fiscales, legales y técnicos de construcción.
El Colegio, consciente de que el auténtico profesional requiere de una formación de tipo específico para garantizar un alto nivel de servicios profesionales, de forma continuada procede a realizar cursos, charlas, conferencias, etc., que facilitan una actualización del Administrador de Fincas en todos los temas que son de su competencia.
Los Administradores de Fincas Colegiados, han de desempeñar sus funciones con destreza y prudencia. Con el fin de dar cobertura tanto a los mismos como a sus administrados, el Colegio tiene suscrita una Póliza de Responsabilidad Civil, que responde del riesgo en su actuación profesional.
Asimismo y en cumplimiento de lo establecido por el Código Deontológico Europeo, para profesionales inmobiliarios el Colegio tiene suscrita una Póliza de Seguro de Caución para todos los colegiados “ejercientes”, que garantiza la responsabilidad en que pueda incurrir el profesional Administrador de Fincas con respecto a los fondos que le hayan sido confiados.
Cuando surgen diferencias entre un Administrador de Fincas Colegiado y la Comunidad, el Colegio otorga su amparo no sólo al mismo sino a los administrados, que podrán elevar su queja y conseguir una eficaz solución a través de la mediación de esta Corporación.
De esta manera, el nombramiento de un Administrador de Fincas Colegiado, presenta como hemos apuntado anteriormente, innumerables ventajas al garantizarse no únicamente una adecuada gestión patrimonial de los intereses comunitarios, sino por el nivel de diligencia exigible en sus actuaciones al tratarse de un profesional y encontrase respaldado por una Corporación de Derecho Público.